La Mesa Directiva del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Salta informa a la comunidad en general y especialmente a los colegiados que en el día de la fecha tomamos conocimiento que mediante Decreto Nº 25/21, el Gobierno de la Provincia vetó en forma total el proyecto de ley que regulaba el funcionamiento del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Salta, el cual había sido trabajado, debatido y consensuado durante el año 2020 con los señores Diputados Provinciales y los señores Senadores Provinciales, habiendo sido aprobado por unanimidad en cada una de las Cámaras Legislativas.
El veto aludido resulta absolutamente sorpresivo, inexplicable, contradictorio e infundado si se tienen en cuenta las propias razones esgrimidas en el mencionado Decreto.
El primer argumento es en relación al sistema de elección de los delegados del Consejo de Distritos, sosteniendo que el mismo no es participativo ni democrático, siendo que ese sistema, denominado indirecto, justamente garantiza la participación democrática de los odontólogos de toda la Provincia. El sistema insinuado en el Decreto sería el de elección directa de los delegados del Consejo de Distritos, que permitiría que las próximas contiendas electorales se diriman con y entre los odontólogos de Salta capital (distrito que posee más del 70% de los colegiados) postergando y llevando a la invisibilización a todos los odontólogos que residen y ejercen la profesión en las localidades del interior provincial, dado que perderían toda representatividad en el Consejo de Distritos, organismo que dejaría de existir en caso de hacer lugar a un sistema de elección directa de los candidatos.
Pero no se trata de discutir cual sistema es el más apropiado, sino de informar a toda la comunidad odontológica que, en su oportunidad, el Consejo de Distritos, en la asamblea del año 2017, ordenó a la Mesa Directiva que formara una “Comisión de Reforma” del sistema eleccionario para que fuera más amplio y permitiera que puedan conformarse dos o más listas de candidatos y asegurar la alternancia. En dicha “Comisión de Reforma” lo primero que se decidió fue mantener el sistema de elecciones indirecto para asegurar, justamente, la representatividad y participación de todos los odontólogos del interior de la provincia. Y aquí lo más sorprendente: dicha Comisión de Reforma estaba conformada en su totalidad por los odontólogos que habían conformado una lista de candidatos y perdieron los comicios electorales del año 2017, colegas entre los cuales se encontraba la actual Jefa del Programa de Odontología del Ministerio de Salud Od. Silvia García (quien ahora “llamativamente” emitió un informe contrario a la posición por ella misma sostenida).
La labor de esta “Comisión de Reforma” vio sus frutos con la sanción de la Ley Nº 8.154 en agosto de 2019 que modificaba solamente el art. 5 de nuestro Decreto Ley de creación Nº 391/63 y que reducía la cantidad de distritos de 23 a 11 y así garantizar la presentación de dos o más listas de candidatos en futuras elecciones.
Es decir que los que hoy se opusieron fervientemente a la promulgación de esta ley, valiéndose de una posición política dentro del estamento de la administración pública provincial, hace más de un año aplaudían el trabajo por ellos mismos realizado.
El segundo argumento es la oposición (“en idéntico sentido, solicitando el veto total del proyecto de ley” reza el Decreto Nº 25) de las asociaciones que gestionan los contratos y el cobro de las prestaciones odontológicas con las obras sociales y las prepagas, es decir la Sociedad de Odontólogos, el Circulo de Odontólogos y la Asociación Odontológica de Salta, las cuales, a través de sus representantes y en forma artera, pidieron el veto de una ley que nos beneficia a todos los odontólogos esgrimiendo una falsa representación de la comunidad odontológica.
El tercer argumento es la no inclusión de un nuevo Código de Ética en el proyecto de ley siendo que el mismo se hallaba incorporado desde un primer momento pero por sugerencia de los legisladores se quitó del proyecto original. Entendemos que la modificación del Código de Ética no era óbice ni argumento suficiente dado que nos sigue rigiendo el mismo Código de Ética Medica (Decreto Ley Nº 612/57, modificado por Decreto Ley Nº 335/63) y se podría haber planteado un Código de Ética Odontológico a través de un nuevo proyecto de ley o bien aprobar uno en la asamblea anual del Consejo de Distritos tal como ocurrió en la asamblea del día 29/12/20.
Ahora bien, llama la atención que las asociaciones civiles mencionadas pretendan esgrimir un interés valido y legitimo en un proyecto de ley que solo viene a optimizar el ejercicio profesional de los odontólogos, la defensa de los magros honorarios que percibimos y la jerarquización de la profesión odontológica Y es aquí que nos permitimos resumirlos puntos más sobresalientes del proyecto de ley para que los colegas puedan deducir los verdaderos intereses de los que se opusieron a la ley y que solicitaron el veto de la misma:
- Define la figura legal del COS, como persona jurídica de derecho público no estatal (art. 1).
- Determinación y respeto de los honorarios con valores mínimos éticos por ley, basados en una estructura de costos con metodologías ponderables teniendo en cuenta la totalidad de los gastos fijos y variables (Arts. 5, 7 inc.“i”, 15 inc.“g” y 31 inc.“f”).
- Habilitación de consultorios por ley (Arts. 5, 7 inc.“c” y 15 inc.“m”).
- Mayor control a las profesiones auxiliares de la odontología (Arts. 5 y 7inc.“c”).
- Mayor control y gobierno de la matricula (Art. 6 inc.“d”).
- Educación continua en los odontólogos para brindar una mejora en la calidad de los servicios prestados a la población (Art. 7 inc.“k”).
- Mayor intervención en las causas que susciten entre profesionales, o entre estos y sus pacientes (Art. 7 inc.“m”).
- Colaboración en la instrumentación de la Historia clínica y el consentimiento informado (Art. 7 inc.“n”).
- No se permite pautar garantías sobre las prácticas odontológicas en los convenios o contratosfirmados con las obras sociales y/o prepagas (Art. 31 inc.“e”).
- Homologación (es decir la revisión y aprobación) de contratos o convenios celebrados con las obras sociales y/o prepagas (Art 7 inc.“t”).
Señores colegas sepan Uds. identificar, en este enunciado, si el proyecto de ley VETADO entorpece o perjudica intereses particulares y quienes detentan esos intereses en detrimento de toda la comunidad odontológica.
Señor Gobernador en el día de la fecha mantuvimos una reunión con el señor Secretario General de la Gobernación Dr. Matías Posadas, quien nos trasmitió su voluntad de continuar trabajando en un nuevo proyecto de ley, asumiendo el compromiso de que el mismo podría ser tratado al inicio de las sesiones ordinarias de la Legislatura, destacamos que en tal reunión participaron la señora Diputada Dra. Laura Cartuccia y el señor Diputado Dr. Marcelo Oller Zamar quienes fueron los autores del proyecto, por lo cual mantenemos la esperanza de lograr jerarquizar nuestra profesión y lamentamos que un incorrecto, parcial e injusto asesoramiento lo haya llevado a VETAR una ley plenamente consensuada que no solo jerarquizaba, optimizaba y mejoraba el ejercicio profesional de más de 1.250 odontólogos en todo el territorio provincial, sino que además garantizaba la plena vigencia de los arts. 41 y 42 de nuestra Constitución Provincial.
SALTA, 12 de enero de 2021.
Mesa Directiva
Colegio de Odontólogos de Salta